El gremio mercantil y las cámaras empresarias han llegado a un acuerdo que redefine las escalas salariales para los empleados de comercio bajo el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75. Estos cambios, que impactan directamente en los recibos de sueldo a partir de agosto de 2025, establecen salarios básicos diferenciados por función y categoría, con adicionales por antigüedad y presentismo, según lo acordado en las paritarias y homologado oficialmente.
Según la información proporcionada por Ignacio Online, estas cifras son aplicables a trabajadores de comercio en todo el país. A continuación, detallamos las nuevas escalas:
Escala Salarial para Personal de Maestranza
El personal de maestranza, encargado de la limpieza y mantenimiento, se divide en tres categorías:
- Maestranza A: $1.055.954
- Maestranza B: $1.058.895
- Maestranza C: $1.069.199
Estos montos corresponden al salario mensual bruto para una jornada completa. Las variaciones entre las categorías reflejan las diferentes responsabilidades y tareas asignadas dentro del ámbito comercial.
Escala Salarial para Personal Administrativo
El sector administrativo presenta una escala más amplia, con seis categorías diferentes:
- Administrativo A: $1.066.994
- Administrativo B: $1.071.413
- Administrativo C: $1.075.827
- Administrativo D: $1.089.078
- Administrativo E: $1.100.117
- Administrativo F: $1.116.311
La categoría Administrativo A percibe el salario básico más bajo, mientras que Administrativo F lidera la tabla, reflejando la jerarquía y las funciones desempeñadas dentro de la organización comercial.
Escala Salarial para Cajeros
Los cajeros, responsables del manejo de efectivo y atención al público, se clasifican en tres categorías:
- Cajero A: $1.070.672
- Cajero B: $1.075.827
- Cajero C: $1.082.452
La diferencia entre las categorías se basa en la experiencia, la antigüedad y el alcance de las funciones desempeñadas en la caja.
Consideraciones Adicionales
Es importante recordar que estos son los salarios básicos brutos. A estos montos se deben sumar los adicionales por antigüedad, presentismo y otros beneficios contemplados en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75.